En la Región de los Ríos son sólo ocholos médicos que deberán dejar de trabajar el 14 de febrero del año en curso en los establecimientos del Sistema Público de Salud, hasta que aprueben el Eunacom (Examen Único Nacional de Conocimiento de Medicina). Este examen mide la calidad de la formación, bajo un mismo estándar, tanto para médicos egresados de universidades extranjeras como chilenas.
De acuerdo a registros del Servicio de Salud, se trata de dos profesionales chilenos que laboran en los Centros de Salud Familiar (Cesfam) de Coñaripe y Mariquina; un profesional salvadoreño del Cesfam Paillaco, uno ecuatoriano del Cesfam Dr. Jorge Sabat de Valdivia, una médico boliviana y un facultativo mexicano de Río Bueno y dos del Cesfam de Los Lagos, de nacionalidad colombiana y mexicana. Se trata de un número muy inferior en los establecimientos de Atención Primaria Municipalizados, que contarán con el apoyo del Servicio de Salud para que no se afecte la atención de la población.
Así lo informó el Dr. Patricio Rosas, quien señaló que se trabaja desde Diciembre en estrategias para lograr reemplazarles, “ya que constituye un número similar a la rotación habitual de médicos en atención primaria que ocurre cada fin de año” y agregó que como ministerio existe disposición a apoyar a los municipios para que llenen las plazas que quedan vacantes.
MEDIDAS A DESARROLLAR
Se ha solicitado que los médicos puedan rendir dos veces al año el Eunacom; apoyar con cursos de preparación a los médicos que deben rendir este examen; una amplia difusión a los alcaldes y médicos de la Ley 20.816 de 2015 asociada al Eunacom y sus efectos de no aprobación; se priorizarán las destinaciones de médicos en Etapa de Formación y Destinación (EDF) a aquellas comunas que tenían médicos sin Eunacom aprobado y que se encontraban trabajando en Atención Primaria de Salud al 31 de diciembre de 2014.
SITUACIÓN EN ESTUDIO
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, se mantiene vigente la situación “excepcional” de la autorización que pueda entregar la Seremi de Salud respectiva en los casos previstos en el Código Sanitario, tal como señala la Contraloría: “…asimismo, a través del dictamen N°12.393, de 2016, se ha señalado que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 112, inciso final, del Código Sanitario, es procedente contratar médicos extranjeros que no cumplen con este requisito, siempre que se estipule que éstos se desempeñarán en lugares apartados y que medie una autorización de la respectiva autoridad sanitaria, en los términos previstos en esa norma”. Dictamen N°83.102 del año 2016.
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