Este fin de semana de sábado 26 y domingo 27 de octubre se realizarán en todo el país las elecciones regionales y municipales con voto obligatorio.
Como elector decides qué jornada ir a emitir tu sufragio. El día que vayas a votar recibirás cuatro cédulas electorales de distintos colores y tamaños y sólo debes elegir a una candidata o candidato por cédula.
Según las autoridades, las elecciones en dos días evitarán largas filas, asegurarán el sufragio y el cierre a tiempo de las mesas.
Este proceso implica, además, una serie de aspectos que hay que considerar:
Desde la Seremi de Trabajo de Los Ríos, se informa que sólo el domingo 27 es feriado legal, obligatorio e irrenunciable, y eso rige para los trabajadores del comercio.
El beneficio correrá sólo para quienes laboren en malls, strip centers y centros comerciales regidos por una misma razón social o personalidad jurídica.
Por ende, el resto de los trabajadores del sector deberá laborar puesto que sus centros de trabajo estarán funcionando y atendiendo a la población. Entre otros, estos centros comerciales pueden ser supermercados, grandes tiendas u otro tipo menor de locales de expendio que no se hallan en la situación legal descrita en el párrafo anterior.
El seremi del Trabajo de Los Ríos, Rodrigo Leiva, informa a Grupo DiarioSur que “para este fin de semana, 26 y 27 de octubre, trabajadoras y trabajadores tienen que tener clarísimo lo siguiente. Pese a tener que trabajar durante el fin de semana, quienes hayan sido designados vocales de mesa tienen que asistir a esta responsabilidad cívica y no pueden percibir ni descuentos ni ser amonestados por faltar a su trabajo”.
“A diferencia de las elecciones anteriores, en esta oportunidad vas a contar con tres horas para poder ejercer tu derecho a su región y poder votar por las cuatro papeletas que están en la elección de este fin de semana. Adicionalmente, en el sector comercio, el domingo 27 de octubre, todos los locales que estén funcionando bajo un modelo de strip center o centros comerciales deben mantener sus puertas cerradas”, agrega.
Leiva recalca que “una de las cosas más importantes que deben saber es que hay una libertad de elección para poder ir a ejercer el derecho a sufragar. Puede ser el día sábado o el día domingo. Eso está en plena libertad de la ley. Los trabajadores esperamos siempre en coordinación con sus empleadores”.
“Por lo tanto, hacemos un llamado a los empleadores a que coordinen previamente esta ida a votar con el objetivo de que no se vean perjudicados y que cada persona pueda ejercer su derecho a sufragar de manera eficiente, sin perjudicar a nadie”, indica la autoridad.
Los trabajadores y trabajadoras que deban laborar durante las elecciones regionales y municipales dispondrán de tres horas para sufragar o excusarse y podrán elegir con autonomía el día para hacerlo.
Así lo precisa la Dirección del Trabajo. Asimismo, explica que debe darse un tiempo apropiado a quienes correspondiéndoles trabajar fueron designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta electoral. Todo lo anterior, sin descuentos remuneracionales ni sanciones.
En el caso de las o los trabajadores designados vocales de mesa, este tiempo comprende los días 26 y 27 de octubre.
Sobre el derecho de trabajadores y trabajadoras a decidir el día en que sufragarán o se excusarán, el dictamen de la DT señala que tal autonomía rige para quienes trabajen el sábado 26 y descansen el domingo 27. Esto significa, por ejemplo, que los empleadores deberán otorgar el permiso de tres horas para votar a los trabajadores que, debiendo laborar el día sábado y descansar el domingo, elijan sufragar o excusarse el primero de estos días..
La Dirección del Trabajo fiscalizará el domingo 27 de octubre las denuncias recibidas durante ese día y también las recibidas el sábado 26.
Se pondrá especial atención al no otorgamiento de feriado legal obligatorio e irrenunciable para los trabajadores que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
Multas de entre 30 ($1.996.830) y 150 ($9.984.150) UTM (*2), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable.
Multas de entre 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
No otorgamiento de permiso por tres horas a trabajadores para sufragar.
Multas de entre 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
(*2) Valor de la UTM en octubre 2024: $66.561.
Las denuncias serán recibidas a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000- entre las 09:00 y las 15:00 horas del domingo 27 de octubre y en el sitio web institucional.
Cabe recordar que estos comicios tienen un carácter de obligatorios y quienes tienen derecho a sufragar y no poseen alguna de las causales válidas de excusa, deberán acercarse a su local de votación durante una de las dos jornadas.
Durante 2024 se realizó la modificación a la ley 21.693, la cual determinó que las Elecciones Regionales y Municipales 2024 se realizarán en dos días.
Asimismo, se estableció el fin de la norma que prohíbe la venta de alcohol durante la realización de las votaciones. De esta forma, mientras dure el proceso que se realizará esta semana sí está permitido adquirir este tipo de productos.
Andrés Tagle, presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), explicó que “se eliminó para siempre la “ley seca”, los restaurantes pueden vender alcohol y los supermercados también”.
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