Más de 7 mil sustancias tóxicas y potencialmente cancerígenas para el ser humano contienen las colillas de cigarrillos. Pero el peligro es aún mayor cuando éstas son arrojadas en orillas de playas, pues afectan prácticamente a toda la cadena alimenticia y el medio ambiente.
Así lo subrayó el diputado Bernardo Berger ante la Cámara Baja esta semana en que se discuten modificaciones a la Ley 19.419 regula actividades relacionadas con el tabaco, para proteger playas de mar, de ríos o lagos de la contaminación con colillas de cigarrillo.
El proyecto, originado de dos mociones refundidas, prohíbe fumar en las playas, pero también establece sanciones a quienes sean sorprendidos arrojando colillas al suelo o el agua en estos emplazamientos.
“Uno de los principales contaminantes que se encuentra en las playas son precisamente las colillas de cigarrillo, llegando a ser el residuo humano más abundante a escala mundial. En el tabaco hay más de 7 mil sustancias químicas tóxicas y potencialmente cancerígenas para el ser humano, que vienen impregnando nuestro ecosistema hace décadas, y para peor tardan al menos unos 12 años en desintegrarse”, explicó Berger.
El legislador agregó que las colillas “además de contaminar las aguas, son ingeridas por peces y otros habitantes del mar provocando, aparte de un daño al ecosistema, un potencial daño a los seres humanos que consumen productos del mar, de lagos y ríos”.
Berger hizo referencia al informe de la Organización Mundial dela Salud, que en 2017 alertó anualmente se generan entre 340 y 680 millones de kilos de residuos procedentes de la industria del tabaco, y que las consecuencias ambientales son a escala global.
“El bien jurídico protegido, cuando legislamos respecto de la prohibición de fumar en recintos cerrados, era precisamente el respeto por la vida y la salud de las personas que rodean a los fumadores y que optan por no fumar en resguardo de su propia salud. Pues bien, hoy en día no sólo está en riesgo la salud de las personas que no fuman, sino que el medio ambiente entero”.
La norma
Por efecto de esta normativa, los filtros y las colillas de los cigarrillos que se comercialicen dentro del territorio nacional deberán ser fabricados con materiales biodegradables.
Además, se suma a la prohibición de fumar en espacios públicos o privados, las playas de mar, ríos o lagos.
Cabe recordar que la normativa vigente impide fumar en recintos como establecimientos de educación parvulario, básica y media; lugares donde se expendan combustibles y medios de transporte de uso público, incluyendo ascensores, entre otros. En el caso de los lugares antes enumerados, la ley recién aprobada indica que, si estos espacios cuentan o no con patios al aire libre, deberán instalar ceniceros, contenedores o receptáculos destinados al depósito de filtros, colillas y cenizas de cigarrillos, en dichos lugares o en su acceso.
De igual manera, se prohíbe arrojar los filtros o las colillas de cigarrillos en la vía pública y en los patios o espacios al aire libre lugares públicos o privados.
En el caso de la prohibición de fumar en playas de mar, ríos o lagos, la fiscalización corresponderá a la policía marítima, fluvial y lacustre y, en caso de constatarse alguna infracción, esta se deberá denunciar ante el juez respectivo.
De todas maneras, la norma indica que cualquier persona podrá denunciar el incumplimiento de las obligaciones, imponiéndose así la denominada “denuncia ciudadana”.
En cuanto al pago de multas, se aumenta de dos Unidades Tributarias Mensuales, a un rango que va desde una a cuatro UTM por infracción a la ley.
Actualmente, se sanciona a quien ensucie, arroje o abandone basura, materiales, o desechos de cualquier índole en playas, riberas de ríos o de lagos, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales o en otras áreas de conservación de la biodiversidad declaradas bajo protección oficial. Desde ahora también será sancionado quien arroje colillas de cigarros en estos espacios.
En la cuanto a las sanciones, la pena consistirá en la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, tales como limpieza de playas, lagos o ríos. Si el sancionado no estuviese de acuerdo, se le aplicará el pago de la multa correspondiente.
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