De acuerdo a datos arrojados por un estudio realizado por el Juzgado de Letras y Garantía de La Unión, en los últimos 5 años el tribunal ha registrado un incremento sostenido en las causas vinculadas a denuncias de violencia intrafamiliar (VIF) en que se ven vinculadas personas mayores.
Durante este periodo, se identificaron 156 causas en las que figuran como parte, ya sea como víctima o denunciante, de las cuales sólo el 1,9% llegó a término, mientras que el 98,1% restante terminaron rechazadas, con suspensión condicional del procedimiento o archivadas.
La magistrada Lissette Salazar señaló que “de acuerdo a datos del Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), el 15,6% de la población en Chile corresponde a personas adultas sobre 60 años y de acuerdo a estimaciones de la propia institución, en 2025 esta cifra aumentará a un 20%, por lo tanto, contar con información cuantitativa y cualitativa de este grupo etario, se hace imprescindible para que en conjunto con el intersector, se pueda brindar una respuesta oportuna y adecuada a sus necesidades”.
La jueza agregó que “como tribunal detectamos hace algún tiempo que las causas en la que las partes eran adultos mayores no llegaban término, ya que la mayoría de ellas quedaban en el camino con salidas administrativas. En este escenario y con la finalidad de entender a qué se debía este fenómeno y cuáles eran las principales causas por las que las personas adultas recurrían al tribunal, decidimos realizar este estudio el cual arrojó interesantes resultados”.
La investigación, que estuvo a cargo de las consejeras técnicas Loreto Angulo y Evelyn Schnettler, dio cuenta de dos realidades preocupantes a juicio de la magistrada Salazar: “La primera de ellas tiene relación que el 50% de las causas estudiadas, en las que figuran como parte 156 adultos mayores, no tenía relación en estricto con VIF, sino que más bien se trata de adultos mayores en situación de calle, abandono y/o con problemas salud mental, pero que al no existir una nomenclatura para estas causas en los sistemas informáticos del Poder Judicial, se categorizaban como VIF. Esta situación invisibiliza la realidad de los adultos mayores judicializados, impidiendo -entre otras cosas- generar políticas públicas y contar con una oferta programática adecuada para este grupo etario”.
“En segundo lugar, de las 156 causas analizadas, 87 de ellas terminaron rechazadas, 54 archivadas, 12 terminaron en suspensión condicional y sólo 2 causas terminaron en condena, estamos hablando que poco más del 1% de las causas estudiadas llegó a término. Esto se explica porque sólo un porcentaje marginal de las causas contó con patrocinio de un abogado, lo cual nos hace pensar y cuestionar el abordaje jurídico con el que cuenta este grupo en la presentación de sus demandas” consignó la jueza.
Ante la evidencia, con el propósito de visibilizar esta situación y garantizar el acceso a la justicia de las personas mayores, el tribunal gestionó con la Corporación Administrativa del Poder Judicial la implementación de una nomenclatura especial en el sistema informático SITFA-SITMIX para identificar las causas en las que participen personas mayores, la cual se encuentra operativa desde noviembre pasado.
“El uso de esta nomenclatura permitirá al tribunal y a cualquier tribunal del país, reflejar de mejor manera la situación de las personas mayores y de esta forma, proporcionar datos concretos a las autoridades y al intersector a fin de gestionar -a corto plazo- cupos en hogares residenciales, representación jurídica, atención de salud mental, etc., y en un horizonte de tiempo más amplio, herramientas para adecuar, mejorar o generar políticas públicas para este grupo etario. Por lo pronto, el tribunal, a partir de este trabajo, logró aumentar el cupo en hogares residenciales para los adultos mayores de la jurisdicción”, explicó.
Por último, la magistrada consignó que el trabajo desarrollado por el tribunal “se enmarca en el Protocolo de Acceso a la Justicia de Personas Mayores del Poder Judicial, el que tiene como objeto abordar los casos que afectan a las personas mayores, proporcionando reglas de actuación y mecanismos de tutela efectiva que aseguren una mayor protección de sus derechos en el acceso a la justicia, garantizando de paso, el principio de igualdad y de no discriminación en razón de la edad”.
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