Sancionar a quienes dificulten o impidan el acceso de adultos mayores y personas con discapacidad a los servicios de transporte público remunerado de pasajeros, es el fondo del proyecto de ley que por unanimidad de 134 votos a favor, aprobó la Cámara de Diputados.
El proyecto es autoría del diputado de la Región de Los Ríos Bernardo Berger junto a los RN Catalina Del Real, Francesca Muñoz Andrés Longton, René Manuel García, Leopoldo Pérez; las independientes Sandra Amar y Érika Olivera; y el radical Cosme Mellado.
"La idea matriz del texto sanciona en el transporte público de pasajeros, el exigir a las personas con discapacidad y adultos mayores cumplir requisitos especiales, fuera del marco legal, para acceder a dicho transporte; también castiga con multas que los conductores no detengan el vehículo cuando estos pasajeros deseen subir o bajar del mismo", señaló Berger.
De esta manera, el proyecto modifica la Ley de Tránsito incorporando en las infracciones gravísimas el que un conductor de transporte público de pasajeros ponga en movimiento o no lo detenga completamente cuando haya pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo, si estos corresponden a personas con discapacidad y/o adultos mayores. En este caso, la sanción corresponderá a una multa de 1.5 a 3.0 UTM, a lo que se agrega de 5 a 45 días de suspensión de licencia.
Asimismo, se considera como infracción grave el exigir a un pasajero el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros, cuya sanción es una multa de 1 a 1,5 UTM.
Según la Segunda Encuesta Nacional de la Discapacidad (11 ENDISC), de 2016, en el país existen dos millones 606 mil 904 personas con discapacidad, lo que representa un 20% de la población total.
Desde 2008, en tanto, el país ratificó la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en materia de accesibilidad y transporte público, obliga a adoptar medidas para que “las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida” y, por ende, asegurar su acceso en igualdad de condiciones con las demás personas, al entorno físico, el transporte y a otros servicios e instalaciones de uso público.
Asimismo, en el caso de la tercera edad, Chile ratificó en 2017 la Convención Interamericana de los Derechos del Adulto Mayor, que les reconoce el derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal.
La iniciativa, ahora que fue aprobada en la Cámara De Diputadas y Diputados, continuará su segundo trámite constitucional en el Senado.
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