El SERNAC, tras un acuerdo conciliatorio, logró que las universidades San Sebastián y Santo Tomás ajustaran sus contratos de adhesión, eliminando una serie de cláusulas abusivas que afectaban los derechos de los estudiantes y sus apoderados.
A través de este acuerdo judicial, ambas instituciones se comprometen a eliminar las disposiciones contractuales que a juicio del SERNAC eran abusivas, entre ellas, cláusulas que contenían autorizaciones amplias para el tratamiento y comunicación de los datos personales de los estudiantes; condiciones que permitían modificaciones unilaterales, por ejemplo, cambios de sede; obligación del pago de la mensualidad anual pese a retiro anticipado de parte del alumno; existencia de quorum para inicio de clases, entre otras.
Además de eliminar las cláusulas abusivas, ambas instituciones educacionales se comprometieron a compensar con un monto de 0,15 U.T.M (cerca de $7 mil) a los consumidores que reclamaron ante el SERNAC por problemas relacionados con la existencia de este tipo de cláusulas.
Para acreditar el cumplimiento de sus compromisos, ambas entidades deberán enviar al SERNAC una auditoría realizada por una empresa externa. Además, tendrán que pagar una multa de 50 U.T.M. (cerca de $2 millones 335 mil), a beneficio fiscal.
El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, explicó que estos acuerdos judiciales alcanzados por el Servicio con ambas universidades son una buena noticia para los estudiantes y sus apoderados.
“La existencia de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión que firman los estudiantes y/o sus apoderados provocan un claro desequilibrio, por lo que su eliminación contribuye a una relación más justa y transparente”, añadió la autoridad.
Hay que recordar que, tras mediaciones colectivas con 23 instituciones de educación superior, el SERNAC logró que 18 de ellas ajustaran sus contratos, eliminando cláusulas que a juicio del Servicio eran abusivas y perjudicaban los derechos de los estudiantes y sus apoderados.
No obstante, hubo cinco entidades que no estuvieron dispuestas a ajustar sus contratos, por lo que fueron demandadas por el SERNAC. Se trata de la Universidad Mayor, Universidad Central y Universidad La República, con las cuales las acciones judiciales siguen su tramitación ante los tribunales de justicia, además de San Sebastián y Santo Tomás, con las cuales se logró el acuerdo conciliatorio.
El Director Nacional indicó que el Servicio seguirá trabajando en la defensa de los derechos de los estudiantes de educación superior, agregando que, en el caso de las tres demandas colectivas pendientes, el SERNAC hará todo lo que esté dentro de sus facultades para lograr el mismo fin, es decir, que las cláusulas abusivas detectadas sean eliminadas de los contratos.
Muñoz recordó que los alumnos y sus apoderados tienen derecho a contar con información veraz y oportuna de las condiciones relevantes del servicio, como su precio, formas de pago, y a recibir el servicio prometido, esto es, mallas académicas, títulos a los que se accede, entre otros.
Finalmente, el Director Nacional resaltó la necesidad de que sea aprobado el proyecto de Ley de Fortalecimiento de la Protección de los Derechos de los Consumidores que se tramita en el Congreso y que le entregará al SERNAC facultades fiscalizadoras, sancionatorias y normativas, que le permitirán al Servicio prevenir y desincentivar los abusos hacia los consumidores.
Reclamos
Durante este año, el SERNAC ha recibido 1.343 reclamos en contra de entidades de educación superior, siendo el incumplimiento de las condiciones contratadas, el motivo que lidera los casos, con un 23,4%; le siguen los problemas para terminar los contratos (16,5%); y en tercer lugar la mala calidad del servicio (15,8%).
De los casos que han sido tramitados este 2017, un 40% fueron acogidos por las empresas, mientras que un 37,5% no fueron acogidos; y un 22,3% no fueron respondidos por las entidades educacionales.
Por su parte, durante el año 2016, el Servicio recibió 3.439 reclamos en contra de entidades de educación superior. Los reclamos apuntaron a incumplimientos en las condiciones contratadas (37,5%); en segundo lugar, mala calidad del servicio (16,9%); y en tercer lugar, inconvenientes contractuales (11,9%).
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