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Ley de Inclusión: un antes y un después en la educación chilena

Por SEREMI Educación NO SE USA / 31 de mayo de 2015
Columna de opiníon de Seremi de Educación, Erna Guerra
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Equidad, gratuidad gradual y la no discriminación, son los principios esenciales que movilizan la Ley de Inclusión, que fue promulgada recientemente la Presidenta Michelle Bachelet y que, ciertamente, sentará un precedente en nuestro sistema educacional chileno. Desde ahora, la educación será vista como un derecho social.

Y es que como Gobierno y Ministerio de Educación estamos muy contentos de  haber sacado adelante este cuerpo legal, sobre el cual durante todo el 2014 socializamos y dialogamos sus alcances con la ciudadanía en general, pero también con las y los integrantes de las comunidades escolares de la región.

No fue un trabajo fácil, pues las reformas son complejas y naturalmente se generan dudas, pero  finalmente logramos la aprobación en el parlamento. Esta iniciativa entregará igualdad de oportunidades educativas, y  donde la calidad ya no dependa del dinero que dispongan las familias para pagar la educación de sus hijos e hijas.

La entrada en vigencia general de la ley será a partir del 2016, y así las y los apoderados verán cómo el copago disminuye gradualmente en los establecimientos particulares subvencionados, hasta alcanzar la gratuidad. Para el 2018 nueve de cada 10 estudiantes de colegios que reciben aportes públicos estudiarán gratuitamente, es decir el 93%. Es así como  esos recursos,  que estaban destinados a la mensualidad de la educación de sus hijos, podrán utilizarlos en otros aspectos igual de valiosos para el desarrollo familiar.

De esta forma, la nueva normativa establece el principio de no discriminación arbitraria e inclusión, lo que conlleva el deber del Estado de velar por la inclusión e integración en los establecimientos educacionales. Por otro lado, también promueve el principio de gratuidad progresiva en los establecimientos subvencionados o que reciben aportes permanentes del Estado. En cuanto a los procesos de admisión se señala que deben ser transparentes, bajo igualdad de oportunidades y se prohíbe la petición de antecedentes socioeconómicos de la familia del postulante, tales como nivel de escolaridad, estado civil y situación patrimonial de los padres o apoderados.

Además,  se consideran nuevos requisitos para la recepción de la subvención escolar, donde el sostenedor debe estar constituido como persona jurídica sin fines de lucro. Así, los colegios que opten por la gratuidad y que cumplan con los requisitos comenzarán a recibir el nuevo aporte de gratuidad y la nueva subvención especial preferencial ampliada.  En este proceso, los sostenedores serán acompañados por una unidad de apoyo, provista por el Mineduc para  asesorar a los sostenedores en aspectos técnicos, jurídicos, contables y de gestión en relación a las nuevas exigencias establecidas por el proyecto de ley.

Tal como dijo la Presidenta Bachelet la materialización de esta ley “es un logro de todo Chile” para avanzar hacia una educación gratuita, integral, de calidad e inclusiva, donde nuestras niñas, niños, jóvenes y adultos puedan desarrollar sus talentos y potencialidades sin discriminaciones ni segregación. Junto estamos haciendo un Chile más justo, un Chile mejor.

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