Tras un amplio e intenso debate, donde se expusieron las diversas visiones sobre el tema, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la idea de legislar en torno al proyecto que despenaliza el aborto consentido por la mujer dentro de las primeras catorce semanas de gestación.
Para sus fines, el texto modifica el Código Penal en tres de sus disposiciones. Por medio de la primera enmienda, no se altera la pena vigente (presidio menor en su grado medio, esto es, desde 541 días a 3 años y un día) para quien cause un aborto maliciosamente con el consentimiento de la mujer. Sin embargo, se define que ella será aplicable solo después de las 14 semanas de gestación.
Luego, en la misma línea, se libera de la sanción penal a la mujer. Como en el caso anterior, la pena solo se impondrá después de las 14 semanas para quien cause o consienta en un aborto, fuera de las tres causales permitidas. En este caso, la pena es de presidio menor en su grado máximo (desde tres años y un día a 5 años).
Por último, se modifica la norma atingente al facultativo que cause el aborto o coopere a él. Igualmente, la sanción respectiva se aplicaría después de las 14 semanas de gestación.
Al momento de las votaciones, el proyecto de ley se aprobó por 75 votos a favor, 68 en contra y dos abstenciones. Por ser objeto de indicaciones, sin embargo, la propuesta volverá a la Comisión de Mujeres para la definición de su articulado.
La votación fue la siguiente:
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