Como un avance para proteger a los consumidores de delitos como la colusión, el abuso económico y la competencia desleal, evaluó el diputado RN Bernardo Berger la aprobación de gran parte de las modificaciones a ley que que fija normas para la defensa de la libre competencia, Sin embargo, señaló que la misma Cámara rechazó las modificaciones relativas a la exclusividad en la acción penal para el Fiscal Nacional Económico.
La iniciativa castiga en forma más severa las prácticas desleales de competencia en los mercados, en particular la colusión; define un nuevo régimen de control de operaciones de concentración o fusiones; la protección de los derechos de los consumidores; establece una nueva facultad de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para estudiar la evolución competitiva de los mercados; y fija sanciones para quienes entorpezcan las investigaciones de la FNE.
El parlamentario agregó que las modificaciones introducidas por el Senado, en segundo trámite constitucional, están enfocadas principalmente a las participaciones cruzadas entre competidores, la designación del Presidente del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), el aumento del tope máximo de las multas por infracciones anticompetitivas cuando no es posible determinar las ventas ni el beneficio económico obtenido por el infractor, el aumento de multas por dilatar la entrega de información solicitada por la FNE, entre otras.
“Considerando los recientes casos de colusión en nuestro país, y que claramente han atentado contra los derechos de los consumidores, no me cabe duda alguna de que era más que necesario aprobar este proyecto para perfeccionar las herramientas legales que sancionen las conductas anticompetitivas”, manifestó.
Berger añadió que “hemos presenciado numerosos casos en este sentido y hemos visto como las sanciones han sido casi una burla, por lo que considerar un tipo especial en el código penal con penas privativas de libertad y otras accesorias de inhabilitación absoluta para cargos u oficios relevantes me parece excelente medida, de igual forma el contemplar multas de hasta el doble del beneficio económico o en su defecto el 30% de las ventas del infractor en el período de infracción y la inhabilidad hasta por 5 años para contratar con el Estado, otra estupenda medida”, indicó.
Respecto de la criminalización de la colusión, el legislador detalló que el Senado mantuvo los principios aprobados por la Cámara de Diputados de cárcel efectiva de a lo menos un año para autores del delito de colusión, inhabilidades para desempeñar cargos públicos y protección de la delación compensada, por considerarla indispensable para desbaratar una eventual colusión.
Adicionalmente, el Senado había dejado al Fiscal Nacional Económico como el órgano encargado de ejercer la acción penal en los casos de colusión a través de una querella. Esta enmienda fue rechazada por 67 votos en contra, 39 a favor y 1 abstención. Los diputados estimaron que no se podía dejar exclusivamente a esta autoridad esta atribución.
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