Emergencias

A las 17 horas cierra votación que define futuro de estacionamientos pagados de Futrono

Por Osvaldo Soto / 26 de agosto de 2018
El conteo se desarrollará en el mismo local una vez terminado el proceso
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Con normalidad y buena asistencia de público se ha desarrollado la consulta vecinal destinada a definir el futuro de los estacionamientos pagados de Futrono. 

Desde las 10 horas comenzaron a llegar votantes a las mesas establecidas en Nontuelá (ex posta), Futrono (Colegio José Manuel Balmaceda), Llifén (centro comunitario) y Curriñe (centro agrario). 

El voto considera las opciones SI y NO al cobro de estacionamientos en el centro de Futrono. En caso de votar afirmativamente se establecen otras dos preguntas: el periodo de vigencia del cobro y las calles involucradas en la medida. 

La recepción de votos cerrará a las 17 horas e inmediatamente se iniciará el conteo. 

CONTEO

La municipalidad cuenta con un reglamento que regula las votaciones ciudadanas, el que define la forma como desarrollará el conteo. 

 ArtÍculo 15° Cerrada la votación, se procederá a practicar el escrutinio en el mismo lugar en que la Mesa hubiera funcionado, en presencia del público presente. 

El escrutinio se regirá por las presentes normas: Ilustre Municipalidad de Futrono.

a) El Presidente contará el número de electores que hayan sufragado, según las firmas en el libro de registro y el número de talones correspondientes a las cedulas emitidas; 

b) Se abrirá la urna y se contarán las cédulas utilizadas en la votación, y se firmarán al dorso. Si hubiera disconformidad entre el número de firmas en el libro de registro, de talones y de cédulas, se dejara constancia en el acta. Ello no obstará que se escruten todas las cedulas que aparezcan emitidas.

c) El Secretario abrirá las cédulas y el Presidente les dará lectura a viva voz. 

d) Serán nulas y no se escrutarán las cédulas en que aparezcan más de una preferencia, contengan o no en forma adicional leyendas u otras marcas; la Mesa dejará constancia al dorso de ellas el hecho de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado por los Vocales de esta decisión. 

Se considerarán como marcadas y podrán ser objetadas por los vocales, las cédulas en las que se ha marcado claramente una preferencia, y que tengan, además de la preferencia, otra leyenda, marca o señas gráficas; estas cédulas deben escrutarse a favor de una de las preferencias, pero deberá quedar constancia de sus marcas, en las actas respectivas, con indicación de la preferencia que contienen. Se escrutaran como votos en blanco las cédulas que aparecieren sin la señal que indique una preferencia, contengan o no otras leyendas o marcas. 

e) Se sumará separadamente los votos obtenidos por cada una de las cuestiones sometidas a consulta vecinal.  

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