El seremi de Trabajo y Previsión Social, Rodrigo Leiva, junto al director regional del Trabajo, César Paredes, destacaron la importancia de respetar el feriado irrenunciable correspondiente al 25 de diciembre y 1 de enero de 2025.
Las autoridades informaron que el feriado comienza a las 20:00 horas del 24 de diciembre y se extiende hasta las 06:00 horas del 26 de diciembre. De manera similar, el descanso del Año Nuevo se inicia a las 20:00 horas del 31 de diciembre y finaliza a las 06:00 horas del 2 de enero.
Este derecho aplica a trabajadores cuyas funciones estén vinculadas al expendio o venta directa al público en establecimientos comerciales.
Quedan exceptuados del feriado irrenunciable los trabajadores que laboren en:
Para los trabajadores exceptuados que deban laborar durante estos feriados, existe una compensación establecida desde 2016. Esta norma garantiza que puedan disfrutar de al menos un descanso en estas fechas cada dos años, siempre que permanezcan contratados por el mismo empleador.
Las empresas que no respeten el feriado obligatorio se exponen a multas que oscilan entre las 5 UTM ($336.470 en diciembre de 2024) y las 20 UTM ($1.345.880), dependiendo del número de trabajadores afectados.
“Los trabajadores y trabajadoras del comercio, tienen el derecho de descansar durante el feriado irrenunciable, por lo tanto, llamamos a las y los empleadores a ser conscientes de que no cumplir con esta regla va más allá de una multa, es faltar el respeto a un derecho fundamental que tiene cada persona, sobre todo, en esta fecha de festividades”, subrayó el seremi Rodrigo Leiva.
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