La Sala de la Cámara aprobó en particular el proyecto de ley que prohíbe y regula el uso de dispositivos digitales, como celulares, en establecimientos educacionales.
La propuesta, originada en mociones de diputadas y diputados, modifica la Ley 20.370 General de Educación para regular el ingreso de celulares y otros equipos digitales a los recintos de pre básica, básica y media.
El texto se remitió al Senado para cumplir su segundo trámite legislativo.
La iniciativa se aprobó en general por la Sala de la Cámara el pasado 30 de julio. En la oportunidad, no obstante, se presentaron variadas indicaciones que buscaban retornar a la idea matriz de los textos. Esto es prohibir el uso de celulares por parte de los estudiantes de enseñanza parvularia y básica.
Ahora, el texto prohíbe el uso de medios tecnológicos de telefonía móvil en el nivel parvulario de enseñanza y desde 1° a 6° básico. Sin embargo, se permite un uso de carácter excepcional en la medida que sea estrictamente requerido en una actividad curricular o extracurricular.
En ambos niveles educativos, parvularia y básica, los reglamentos de los recintos educacionales deberán disponer las medidas para materializar esta prohibición.
Cabe recordar que se mantienen ciertas excepciones para el uso de los dispositivos. Por ejemplo, necesidades educativas especiales del alumno donde el uso de estos medios tecnológicos se considera como una ayuda técnica para su aprendizaje.
A su vez, una situación de emergencia o desastre, o que el alumno presente una enfermedad o condición de salud que requiera monitoreo a través de celulares.
Por otra parte, y con la finalidad de contribuir eficazmente al cumplimiento de los objetivos generales del nivel de 7° básico a 4°medio, los reglamentos de los establecimientos educativos deberán disponer de medidas para regular un uso adecuado de estos medios tecnológicos de telefonía móvil.
Se añade que, en este nivel educativo, el uso adecuado de los celulares podrá ser gradualmente autorizado.
Además, las escuelas, colegios y liceos deberán crear instancias de participación formativa. Esto con el objeto de fomentar el correcto uso de medios tecnológicos de telefonía móvil, y para la prevención de delitos que se realicen por intermedio de medios tecnológicos.
Por otra parte, se agrega que los colegios velarán por abordar los riesgos y perjuicios que supone la integración de la tecnología al proceso formativo. Además, asumirán los aspectos positivos que reporta para el avance lectivo, cognitivo y psicosocial de niños, adolescentes y estudiantes en general.
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