La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de treinta millones de pesos por concepto de daño moral a Juan Francisco Molina Medina.
Molina se desempeñaba como trabajador hotelero a la época de los hechos, cuando fue detenido y sometido a torturas en reiteradas ocasiones entre 1973 y 1975, en las comunas de Ancud, La Unión y Valdivia.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Civil de Valdivia, que descartó las excepciones de pago y prescripción opuestas por el fisco.
Molina Medina fue detenido la primera vez el 13 de septiembre de 1973 en su lugar de trabajo, la Hostería Honsa de Ancud, por efectivos de Carabineros, quienes lo condujeron a la Comisaría de la ciudad, recinto donde permaneció incomunicado, sin tener acceso a agua o comida, y sometido a golpizas.
Posteriormente, cuando residía en La Unión, sufrió una sucesión de detenciones cuyos motivos no le eran informados por los funcionarios policiales, quienes lo retenían por lapsos de dos a tres horas en la comisaría.
Luego, en mayo y agosto de 1974, fue nuevamente detenido por efectivos de Carabineros y trasladado a un cuartel militar de Valdivia conocido como el “Palacio de la risa”, recinto donde fue sometido a torturas y tratos inhumanos y luego ingresado a la cárcel de Isla Teja, donde permaneció incomunicado por varios días.
Una vez liberado, fue objeto de una serie de detenciones que terminaban en la Comisaría de La Unión, las que se extendieron hasta el año 1975.
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