La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones de los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, sometió a proceso al general en retiro del Ejército Santiago Arturo Ariel de Jesús Sinclair Oyanedel, en calidad de autor del delito homicidio calificado de 17 trabajadores del Complejo Maderero y Forestal Panguipulli, ejecutados en octubre de 1973.
En la resolución (causa rol 2182-98, “Episodio Chihuío”), la ministra Plaza González procesó al exmilitar por los homicidios de Carlos Maximiliano Acuña Inostroza, José Orlando Barriga Soto, José Rosamel Cortés Díaz, Rubén Neftalí Durán Zúñiga, Luis Arnaldo Ferrada Sandoval, Eliecer Sigisfredo Freire Caamaño, Narciso Segundo García Cancino, Juan Walter González Delgado, Daniel Méndez Méndez, Sebastián Mora Osses, Pedro Segundo Pedreros Ferreira, Rosendo Rebolledo Méndez, Ricardo Segundo Ruiz Rodríguez, Carlos Vicente Salinas Flores, Manuel Jesús Sepúlveda Sánchez, Ruben Vargas Quezada y Fernando Adrián Mora Gutiérrez.
En la resolución, la ministra en visita consigna que, en esta etapa procesal, se tienen por establecidos los siguientes hechos:
“En la comuna de Futrono, sector fundo Arquilhue, en los caseríos de Curriñe, funcionaba la administración y pulpería del Complejo Maderero y Forestal Panguipulli, poblado de Chabranco, en las inmediaciones de las termas de Chihuío, en donde en esa misma época se encontraba la sede del sindicato ‘Esperanza del Obrero’, al que pertenecían los trabajadores del Complejo Maderero.
Internándose unos 16 kilómetros hacia la cordillera se encuentre Chihuío, donde como resultado de la violencia dirigida en contra de un sector determinado de la población civil partidaria del régimen depuesto por las fuerzas militares, a contar del 13 de septiembre de 1973, de manera organizada, campesinos fueron privados de libertad por funcionarios de carabineros.
El día 7 de octubre de 1973 se llevaron a cabo nuevas privaciones de libertad en contra de la población civil de dicho sector. Asimismo el 9 del mismo mes y año, personal militar de los Regimientos Caballería N° 2 ‘Cazadores’ y ‘Maturana’ de Valdivia, salió rumbo a Futrono al mando de un oficial y secundado por otros oficiales, en una caravana compuesta por varios vehículos, entre jeeps y camiones, con una dotación aproximada de noventa personas. Dicha caravana militar se dirigió hacia el sector sur del Complejo Maderero Panguipulli, con el propósito de privar de libertad en un sector preciso y determinado a campesinos pertenecientes a la población civil (…).
Todos los detenidos del recorrido de la caravana de militares son llevados en tal calidad hasta las Termas de Chihuío, y desde ese lugar el día 9 de octubre de 1973, el personal militar, en horas de la noche, saca a los civiles de la casa patronal del Fundo Chihuío donde se les mantenía privados de libertad y los trasladan a las inmediaciones, a unos 500 metros del mencionado inmueble, lugar en que se les fusila a todos ellos, sin mediar proceso previo alguno, hechos de los que se da cuenta al Comandante del Regimiento Cazadores con guarnición en Valdivia de la época, con el grado de teniente coronel, quien en todo momento estuvo en conocimiento de la ejecución de los 17 civiles de las Termas de Chihuío, siendo el mismo quien ordenó que se sepultaran los cuerpos de los fallecidos.
Adicionalmente consta que Mario Silva Navarro recibió la orden del capitán Osorio Gardasanich para trasladarse hasta Futrono y Chihuío, indicando que dichas órdenes provenían del comandante del regimiento Cazadores, Santiago Sinclair, el que pidió cuenta al capitán Osorio de los resultados de la operación, oportunidad en la cual se le informó al mencionado comandante que los cuerpos habían quedado tirados en la pampa, lo (que) le causó molestia, disponiendo que una patrulla se dirigiera al lugar a fin de que ubicarán los cuerpos y se enterraran”.
La ministra ordenó el arresto domiciliario del procesado, atendida la emergencia sanitaria por el virus Sars-Cov2.
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