Con motivo de las elecciones de Constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales, los días sábado 15 y domingo 16 de mayo fueron declarados como feriados irrenunciables.
Lo anterior rigió para todos los dependientes del comercio, salvo los trabajadores de expendios de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que cumplen turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Por ello, ante una consulta realizada a la Dirección del Trabajo, sobre la procedencia de que a los trabajadores del comercio que pudieron trabajar los días 15 y 16 de mayo de 2021 se les otorgue días compensatorios por las labores realizadas en dichos feriados, este organismo entregó un pronunciamiento.
Al respecto, se señala que tales trabajadores tienen derecho a un día de descanso compensatorio para cada uno de los días trabajados en los términos de los incisos tercero, cuarto y sexto del artículo 38 del Código Laboral.
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