Juzgado de Letras Familia Paillaco, causa RIT: C-115-2020, caratulada “VARGAS/INOSTROZA”, demanda de fecha 14 de octubre de 2020, sobre Alimentos Menores interpuesta por doña KATHERINE PATRICIA VARGAS SILVA, RUT 17.067.994-6, a favor de su hijo G.J.I.I.V., en contra de doña MIRTA SUSANA CARRERA MELO, RUT 11.707.205-3 y don DAGOBERTO DANIEL INOSTROZA ALVEAL, RUT 11.970.066-3 . La demandante, en lo principal, interpone demanda de alimentos menores, solicita acogerla y en definitiva declarar se condene a los demandados a pagar pensión alimenticia mensual de un 47% de un Ingreso Mínimo Remuneracional, equivalentes a $150.635 o la suma que el tribunal determine. Resolución de 15 de octubre de 2020, tribunal resuelve: A lo principal: Por interpuesta demanda de alimentos menores en contra de don Dagoberto Daniel Inostroza Alveal y doña Mirta Susana Carrera Melo. Traslado. Cita audiencia preparatoria de juicio día 17 de noviembre de 2020, a las 12:00 horas bajo apercibimiento del Art. 59 inciso 3º Ley 19.968.- se designa a la demandada, conforme dispuesto artículo 18 Ley de Familia, a don Rodrigo Cortés Oyarzún Abogado doble patrocinio Corporación de Asistencia Judicial de Paillaco, calle Barros Arana N° 763, Paillaco. Demandado, atento a lo dispuesto en el Art. 58, deberá contestar la demanda por escrito, con al menos cinco días de anticipación fecha de realización audiencia preparatoria. Toda documentación demandado deberá acompañar a audiencia. Al primer otrosí, Tribunal resuelve: potestad cautelar Ley 19.968 y, teniendo presente lo dispuesto Art. 4, de la Ley 14.908, se fija alimentos provisorios de, $100.000 mensuales, divididos en partes iguales entre ambos demandados debiendo ser pagados mediante depósito en la cuenta de ahorro que la actora abrirá al efecto, a pagar los primeros diez días de cada mes, a contar del mes siguiente de la notificación de la demanda. Demandados tendrán el plazo de cinco días para oponerse al monto provisorio decretado, luego de ser notificado. Resolución del tribunal con fecha 1de febrero de 2021 notifíquesele al demando, don Dagoberto Daniel Inostrosa Alveal, RUN 11.970.066-3, mediante la publicación de tres avisos extractados por el Ministro de Fe, en el Diario Digital de la comuna de Paillaco, www.diariopaillaco.cl, sin perjuicio de la publicación de rigor a practicarse en el Diario Oficial, todo a costa del solicitante, la demanda y la presente resolución. Se cita a la parte demandante y demandado Dagoberto Daniel Inostroza Alveal a la audiencia preparatoria de juicio, para el día 8 de marzo de 2021 a las 12:00 hrs. J. David Muñoz Rosas, Jefe de Unidad titular.
Enlace de este aviso: http://www.diariopaillaco.cl/legales/traslado-derecho-de-alimentos-causa-rit-c-115-2020/1301/2021-02-11
El artículo número 11 de la Ley 19.733 establece que los medios electrónicos, para todo efecto legal, son medios de comunicación escritos, por lo tanto son aptos para publicar en forma estable y periódica, textos, sonido o imágenes destinados al público, cualesquiera sea el soporte o instrumento utilizado, que haya informado su puesta en marcha. VER CERTIFICADOS
Este diario electrónico está autorizado a publicar: solicitud de derechos de agua, remates, licitación pública, reuniones de accionistas, balances, concursos públicos, cheques perdidos, órdenes de no pago y otros documentos.
El proceso es simple, ingresando a YOPUBLICO.CL, donde podrá cotizar, subir el aviso, pagar y además recibirá el certificado en su correo electrónico, cuando el aviso sea publicado.
Consultas, +56 995501403 o escríbenos publicidad@diariosur.cl
Grupo DiarioSur, una plataforma de Global Channel SPA. Powered by Global Channel