Fecha: 9 de febrero de 2021
Notificación por Aviso
Traslado de derecho de alimentos Paillaco
Juzgado de Letras Familia Paillaco, causa RIT: C-80-2020, caratulada “GARCÍA c/ VARGAS”,
demanda de fecha 06 de agosto de 2020, sobre Alimentos Menores interpuesta por doña MARCELA
ALEJANDRA GARCÍA ANGEL, RUT 19.461.900-6, a favor de sus hijos C.A.V.G y F.E.V.G., en contra
de don VÍCTOR ARTURO VARGAS VERA, RUT 15.990.383-4. La demandante, en lo principal,
interpone demanda de alimentos menores, solicita acogerla y en definitiva declarar se condene al
demandado a pagar pensión alimenticia mensual de $100.000 a favor de su hijo F.E.V.G. y la suma de
$150.000 a favor de su hija C.A.V.G., sumas reajustable semestralmente de conformidad a la variación
del IPC o la suma que el tribunal determine; con fecha 13 de agosto de 2020, tribunal resuelve: A lo
principal: Por interpuesta demanda de alimentos menores en contra de don Víctor Arturo Vargas Vera,
Traslado. Cita audiencia preparatoria de juicio día 14 de septiembre de 2020, a las 12:30 horas bajo
apercibimiento del Art. 59 inciso 3o Ley 19.968.- se designa al demandado, conforme dispuesto artículo
18 Ley de Familia, a don Lorenzo Peña Rehl abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de Paillaco,
domiciliado en Barros Arana N° 763 Paillaco. Demandado, atento a lo dispuesto en el Art. 58 de la ley
19.968, deberá contestar la demanda por escrito, con al menos cinco días de anticipación fecha de
realización audiencia preparatoria. Toda documentación demandado deberá acompañar a audiencia. Al
primer otrosí, se resuelve: potestad cautelar Ley 19.968 y, teniendo presente lo dispuesto Art. 4, de la Ley
14.908, se fija alimentos provisorios de, $50.000 mensuales a favor de F.E.V.G, y la suma de $75.000
mensuales a favor de C.A.V.G., a pagar mediante depósito en la cuenta de ahorro que la actora abrirá al
efecto, a pagar los primeros diez días de cada mes, a contar del mes siguiente de la notificación de la
demanda. Demandado tendrá el plazo de cinco días para oponerse al monto provisorio decretado, luego de
ser notificado. Notifíquesele al demando, don Víctor Arturo Vargas Vera RUN 15.990.383-4, a través de
cualquier medio tecnológico que conste en el sistema de tramitación de causas, dejando constancia de
ello. Resolución del tribunal de fecha 27 de noviembre de 2020, cita audiencia preparatoria para el día 25
de enero de 2021, a las 12:00 horas, y que desde la interposición de la demanda de autos el domicilio del
demandado ha sido de difícil determinación y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del
Código de Procedimiento Civil notifíquese al demandado ya individualizado mediante la publicación de 3
avisos en el diario digital de la comuna de Paillaco www.diariopaillaco.cl, sin perjuicio de la obligación
de rigor a practicarse en el diario oficial, todo a costa del solicitante, la demanda, su providencia y la
presente resolución. Resolución del tribunal en audiencia de fecha 25 de enero de 2021 se reprograma la
audiencia preparatoria de juicio, para el día 10 de marzo de 2021 a las 12:00 hrs. La
demandante queda notificada y con respecto a la demandada notifíquesele por aviso como
está ordenado en autos. J. David Muñoz Rosas, Jefe de Unidad Titular.
Enlace de este aviso: http://www.diariopaillaco.cl/legales/traslado-de-derecho-de-alimentos-paillaco/1292/2021-02-09