Fecha: 18 de julio de 2018
Extracto de solicitud de concesión maritima
Extracto por juicio de alimentos RIT C-18-2018
Juzgado de Familia Paillaco, causa RIT C-18- 2018, sobre Alimentos, ordeno notificar por aviso al demandado, Félix Romelio Alday Acuña, cédula nacional de identidad numero 8.005.156-5, demanda interpuesta en su contra, fecha 08 de Marzo del 2018, por Alimentos, por doña Carolina Ester Marcela Alday Gubelin, hija del demandado. La demandante, en lo principal, interpone demanda de pensión de alimentos, solicita se acoja y se condene a pagar mensualmente, la suma de $350.000 pesos. En el primer otrosí solicita alimentos provisorios por la suma de $200.000 pesos, para que sea pagada durante la secuela del juicio. Funda su demanda en que el demandado, tal como acredita su certificado de nacimiento, es su padre legalmente, fruto de la relación que tuvo con su madre, la cual terminó en divorcio en el año 2014. Desde esa fecha solo recibió apoyo económico por un periodo de un año, periodo en el cual estudiaba la carrera de enfermería. Después de ese año dejo la carrera e ingreso a un preuniversitario y desde entonces que no ha vuelto a recibir apoyo económico por parte del demandado. Actualmente se encuentra cursando la carrera de Técnico en Enfermería en la Universidad Santo Tomas y la madre es quien solventa los gastos, los cuales han aumentado considerablemente y no alcanzan a ser cubiertos en su totalidad.El día 13 de marzo de 2018, el tribunal resuelve: A lo principal, por interpuesta demanda, cita audiencia preparación juicio para día 09 de Abril de 2018, a las 11:30 horas, bajo apercibimiento Art. 59 inciso 3º Ley 19.968.A la audiencia deberán concurrir las partes patrocinadas por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, o representadas por persona legalmente habilitada para actuar en juicio, en caso que la parte demandada no cuente con los recursos para que lo patrocinen en forma particular, se le designa conforme lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Familia al abogado del doble patrocinio de la Corporación de Asistencia Judicial de Paillaco, don Rodrigo Cortés Oyarzún, quien presenta horario de atención los días lunes desde las 13:30 horas en calle Arturo Prat N° 908, 2° Piso Paillaco, debiendo en todo caso la demandada tomar contacto con el profesional designado con antelación a la fecha de audiencia para hacer efectiva la designación antes indicada, y ratificar de cualquier forma y por cualquier medio, con anterioridad a la audiencia preparatoria la designación efectuada, pudiendo para tal efecto acercarse al consultorio de la Corporación de Asistencia Judicial, más cercano a su domicilio, a fin de materializar la ratificación antes indicada; de no realizarse la ratificación antes dicha, se entenderá que no acepta la designación de abogado realizada por el Tribunal.Al primer otrosí, Tribunal resuelve: potestad cautelar ley 19.968 y, teniendo presente lo dispuesto art.4 de la ley 14.908, se fijan alimentos provisorios, hasta que se resuelva en definitiva, la suma de $110.400 mensuales, a pagar mediante deposito en la cuenta de ahorro que la actora abrirá a efecto, debiendo hacerse efectivo el pago dentro de los 10 primeros días del mes a contar del siguiente mes a la notificación de la demanda. Demandado tendrá plazo de 5 días para oponerse monto provisorio decretado, luego de ser notificado; Con fecha 18 de junio de 2018 el tribunal fija nuevo día y hora a fin de realizar la notificación mediante avisos, tres publicaciones en el diario Paillaco y una publicación en el diario oficial, los días 1 y 15 del mes, para lo cual, la apoderada demandante deberá solicitar lo que corresponda. Se apercibe a la parte demandante que debe disponer la notificación ordenada precedentemente, bajo apercibimiento de resolver de oficio conforme al artículo 13 de la ley N° 19.968, ordenando poner término a la tramitación de la causa en la audiencia respectiva. La audiencia queda fijada para el día 20 de Agosto del año 2018 a las 09:30 horas. Secretario (S).
Enlace de este aviso: http://www.diariopaillaco.cl/legales/extracto-por-juicio-de-alimentos-rit-c-18-2018/527/2018-07-18